Justicia social

Definición

La justicia social hace referencia a la necesidad de lograr un reparto equitativo de los bienes sociales, asegurando así la dignidad de todas las personas y la cohesión social. La justicia social se entiende en una doble dirección. Por un lado se trata de un principio de la vida social que guía tanto la acción individual como la acción de las instituciones en una comunidad política. Por otro lado, es una característica del modo de ser de las personas, según la cual se actúa desde la convicción de respetar siempre la dignidad de las otras personas. En ambos casos exige como premisa la asunción de la preminencia del bien común sobre el interés privado, y se despliega en una triple dimensión:

  • Implica mecanismos efectivos reales y suficientes de redistribución de la riqueza para garantizar las condiciones materiales mínimas para que todas las personas puedan ejercer sus libertades básicas (expresadas en los Derechos Humanos).

  • Además supone dinámicas sociales de reconocimiento de la diferencia desplegando así un potencial integrador y reparador de injusticias no materiales que refuerzan los lazos de la comunidad política.

  • Finalmente, reclama crecientes oportunidades de participación en los diferentes contextos de la actividad común, potenciando así tanto el desarrollo individual como el desarrollo de la comunidad política sobre la base del reconocimiento mutuo de la dignidad común.

Comportamientos asociados

Las implicaciones en los comportamientos de los tres agentes (personas individuales, organizaciones de la sociedad civil e instituciones públicas) promotores del valor “justicia social” se explicitan de modo diverso atendiendo al rol social de cada sujeto.

Ciudadanía

De la ciudadanía justa cabe esperar en primera instancia la madurez que exige la preminencia del interés público sobre el privado, buscando aquellas relaciones que promueven el reconocimiento del otro, de su dignidad y de su capacidad de participación en igualdad de posiciones. Se espera además su renuncia a posiciones de privilegio así como la conciencia nítida de saberse interdependiente con respecto a los demás ciudadanos y coautor con ellos del tipo de relaciones de poder que dañan libertades básicas y sus condiciones materiales o las favorecen.

Organizaciones sociales

Se espera de ellas la misma conciencia con respecto a la preminencia del bien común sobre el interés privado. Se les pide un especial cuidado de los derechos humanos, primordialmente en lo que atañe a la garantía de las condiciones materiales que permiten el ejercicio de las libertades básicas. Se les atribuye la capacidad de implementar acciones correctoras de la desigualdad (tanto material como de reconocimiento) y el cultivo de relaciones sociales colaborativas en las que nunca la ganancia de unos se sostenga sobre la expulsión, la exclusión, la discriminación o el insuficiente reconocimiento de la dignidad de los demás ciudadanos. Estos comportamientos se piensan tanto en la escala local como en la global.

Ayuntamiento

Este es el nivel colectivo y más claramente político de la justicia social como modelo de relaciones entre la ciudadanía en lo que atañe al poder y su ejercicio. El deber de esta institución atañe al diseño de políticas públicas y la elaboración de legislación oportuna destinada a minimizar la injusticia estructural en el ámbito local. Su labor debe además favorecer dinámicas de reconocimiento social que visibilicen lo invisibilizado, así como la promoción de la participación, procurando el fomento y la preminencia del bien común con criterios socialmente discernidos, prestando atención a los diferentes intereses legítimos en un juego equilibrado de desarrollo de los mismos.

subir